Artículo 1.- (OBJETO). Se autoriza con carácter excepcional a las Representaciones Diplomáticas y Consulares de Bolivia en el exterior, a revalidar los pasaportes corrientes en libreta que se requieran hasta el 31 de diciembre de 2010 como vigencia máxima, mediante el respectivo sello de seguridad estampado en el pasaporte.
Artículo 2.- (REVALIDACION). El costo de la revalidación será de Sus. 15.- /QUINCE 00/100 DOLARES ESTADOUNIDENSES) o su equivalente en moneda local, el mismo que será depositado en las cuentas del Ministerio de Relaciones Exteriores.
NOTA.- El costo de la revalidación de pasaportes en Suecia será de 135 Coronas (ciento treinta y cinco coronas 00/100) considerando las variaciones cambiarias del dólar estadounidense e incluyendo el pago por giro bancario.
Artículo 3.- (CENTROS DE CAPTACION DE DATOS). El Ministerio de Relaciones Exteriores implementará centros de captación de datos en las distintas Representaciones Diplomáticas y Consulares de manera progresiva.
Artículo 4.- (CONTRATACION DIRECTA). Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores, la contratación directa para la adquisición del Software e implementación de Hardware para los centros de captación en el exterior, de datos de pasaportes de lectura mecánica de la empresa DATYS, en concordancia con el Decreto Supremo No. 0068, de 8 de abril de 2009.
Artículo 5.- (EMISION DE PASAPORTES). La Dirección General de Migración efectuará a través de su centro de emisión de pasaportes la respectiva expedición de pasaportes de lectura mecánica para los bolivianos en el exterior.
Artículo 6.- (REMISION DE PASAPORTES). Los pasaportes de lectura mecánica emitidos por la Dirección General de Migración serán enviados a las representaciones Diplomáticas y Consulares a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La Embajada de Bolivia en el Reino de Suecia a tiempo de agradecer la atención al presente Comunicado, hace propicia la oportunidad para expresar su atento saludo a la comunidad de ciudadanos bolivianos y bolivianas residentes en este país.
Estocolmo, 31 de marzo de 2010