El voto de los bolivianos en el exterior

Según información difundida por la Corte Nacional Electoral, ya está estipulado en la nueva Constitución Política del Estado, en su artículo 27º, que las ciudadanas y ciudadanos bolivianos mayores de 18 años residentes en el exterior del país tienen derecho a participar en las elecciones de Presidente y Vicepresidente del Estado y en referendos de carácter nacional, previo registro y empadronamiento realizado por el Órgano Electoral.
En la Ley Nº 4021 del Régimen Electoral Transitorio, en su artículo 45º se señala: “El voto de las ciudadanas y ciudadanos residentes en el exterior se efectuará donde el Organismo Electoral, progresivamente, vaya creando las condiciones materiales suficientes para su aplicación práctica.”
En este entendido, la Corte Nacional Electoral ha determinado que para las elecciones del 6 de Diciembre el voto de bolivianas y bolivianos en el exterior se realizará en diez ciudades de cuatro países, estos son:

Argentina: Buenos Aires, Jujuy, Mendoza.
Brasil: San Pablo.
Estados Unidos: Virginia, Maryland, Nueva York.
España: Barcelona, Madrid, Valencia.

Es así que el Padrón Biométrico se realizará en estos lugares.
El artículo 47º de la Ley Nº 4021 establece que: “Como consecuencia de los requerimientos técnicos del registro biométrico, a efectos de la primera experiencia de voto en el exterior, la Corte Nacional Electoral empadronará hasta un máximo del 6% del Padrón Electoral Nacional. En ningún caso un solo país podrá concentrar más del 50% de los registros”.
Para quienes tiene la posibilidad de empadronarse y para los que están buscando más información sobre el voto en el exterior, les facilitamos el link de la Corte Nacional Electoral en la columna derecha del Blog.